Este Tribunal de Ejecución N° 02, Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho antes expuestos, el Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Ejecución de Sanciones Penales No.2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, ACUMULA las causas Nos. EP01-P-2003-000449 y EP01-P-2005-001694, ambas seguidas contra SIMÓN ALEXANDER QUINTERO CARVAJAL, suficientemente identificado en ambas, por la comisión de los delitos denominados: PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO (en las dos), razón por la cual y como ya se anotó, se determina que aquélla se acumule en ésta, es decir, la causa No. EP01-P-2003-000449 en la Causa No. EP01-P-2005-001694, de conformidad con los mencionados artículos 73 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por lo que a partir de este momento ambas causas formarán una sola con el No. EP01-P-2005-001694 y se seguirá la foliatura de ésta, debiendo eliminarse del sistema computarizado la otra.....