DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de la facultad conferida por el Numeral 1° del Artículo 479 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE al Penado OSCAR OSWALDO AZUAJE, venezolano, de 41 años de edad, natural de Puerto Infante Estado Apure, titular de la cédula 9.986.408 fecha de nacimiento 13-12-66, soltero, de ocupación Chofer, residenciado en la Urbanización José Antonio Páez, Etapa 1, Sector 1, Vereda 17, Casa N° 05 (diagonal a la Universidad Abierta), Barinas Estado Barinas, hijo de Ana Josefa Azuaje Rangel (v) y Justino Pérez Morales (v), actualmente recluido en el internado judicial de este Estado Barinas, la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, conforme a lo establecido en el Art. 493 y 494 de la Le.....