REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 16 de Abril de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2007-015619
ASUNTO : EP01-P-2007-015619
AUTO DE COMPUTO DE PENA SIN DETENIDO
Firme como ha quedado la Sentencia Definitiva dictada por el Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en fecha 18 de Febrero de 2009, al acusado MANUEL PARADA PARRA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.363.166, de 24 años de edad, nacido el 12/10/1984, natural de Acarigua, Estado civil Soltero, ocupación Mecánico, hijo de Yely Yurisan Parada (V), residenciado en el Sector Canagua Diagonal a la Licorería Brisas del Managua Pedraza Estado Barinas, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en los Artículo 452 Numeral 8 del Código Penal. CONDENADO a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS; mas las accesorias .....