En fecha 21 de Diciembre de 2005, este Tribunal de Primera Instancia de lo Penal en función de Ejecución de Sanciones Penales No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la petición interpuesta por el penado de autos a través del Internado Judicial de Barinas y ACUERDA modificar el destacamento de trabajo agrícola que actualmente cumple el penado y lo MODIFICA en la fórmula alternativa de cumplimiento de pena denominada LIBERTAD CONDICIONAL a favor de JESÚS ENRIQUE QUINTERO BALZA, venezolano, natural de Barinas, mayor de edad, obrero y agricultor, titular de la Cédula de Identidad No.12.555.200.