Este Tribunal de Ejecución N° 02, Con base en los hechos narrados y en la normativa constitucional y legal expuesta, es por lo que con todo respeto y acatamiento les pido se sirvan proceder a la revisión de la sentencia firme y de la pena proferida contra Martha Liliana Mogollón Pinzón, ya identificada, y la fijen ahora en cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, tomando en cuenta precisamente que en la oportunidad de ser condenada el Tribunal estimó apegado a Derecho y a la Justicia establecerla en el término mínimo legal y a partir de allí hacer la rebaja de un tercio ordenada en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal por ser precisamente en el procedimiento por admisión de los hechos que se dictó tal condena, que actualmente quedó en seis (6) años de prisión, por lo que haciendo la rebaja pertinente de un tercio tal como lo realizó en su oportunidad el tribunal de control, lo cual desde luego quedó firme, es por lo que la pena ahora debe quedar en cuatro (4) años y .....