Por los razonamientos antes expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente solicitud y fija mensualmente la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00), mensuales y como complemento de ésta, por concepto de bonificaciones especiales en los meses de Septiembre y Diciembre la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.300.000,00) que el ciudadano Víctor Manuel Rodríguez Arias suministrara a su hijo Wilmer Jesús Rodríguez Guerrero. Se le hace saber que las cantidades de dinero correspondientes a las bonificaciones especiales son independientes a la Obligación Alimentaría.
Una vez quede firme la sentencia se ordena notificar al ciudadano V´ctor Manuel Rodríguez Arias, a los fines de informarle el contenido del presente fallo.
Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley. Se ordena la devolución de los orig.....