Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la conversión en Divorcio de la presente Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento de los ciudadanos LUIS ALEXANDER SAMBRANO GUTIERREZ y NEYDA YASMIN RIVAS PERDOMO, y en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial que contrajeron en fecha 11 de Junio de 2001, por ante la Primera Autoridad del Municipio Guanarito del Estado Portuguesa según acta de matrimonio N° 67. Primero: De conformidad con el artículo 349 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ambos progenitores conservaran el ejercicio de la Patria Potestad sobre su hija Lismaira del Carmen Segundo: según lo preceptuado en el artículo 360 ejusdem se le confiere a la madre la Guarda de su hija Lismaira del.....