En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: SE DECLARA IMPROCEDENTE, La demanda de Nulidad de Documento y Nulidad de Asiento Registral, interpuesta por la abogada Atilia Valentina Olivo Gómez, actuando como apoderada judicial de los ciudadanos Raúl Noé Molina Santiago y Eloisa Esther Molina Santiago, anteriormente identificados, en contra de los ciudadanos Víctor Orlando Silva, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.412.051, de este domicilio y Nicanor Sánchez, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.026.685, en su carácter de Registrador Inmobiliario del Municipio Bolívar del estado Barinas.
SEGUNDO Se condena en costas, a la parte demandante de conformidad con lo establecido .....