administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por mandato de la Ley HOMOLOGA DICHO DESISTIMIENTO y le da el carácter de cosa juzgada; se suspende la medida provisional de embargo decretada en fecha 27/01/2012, se ordena oficiar al Juzgado ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas solicitando el despacho de embargo remitido mediante oficio № 56 de fecha 27/01/2012, en el estado que se encuentre, se ordena devolver las facturas originales presentadas con el libelo de demanda a la parte actora, se da por terminado el presente juicio, el cierre y archivo del mismo y en su debida oportunidad su envió al Archivo Judicial de esta Circunscripción para su resguardo y cuido del mismo. Líbrese oficio