DISPOSITIVA:
Por las razones expuestas este Tribunal Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se decreta la Reposición de la causa al estado de que el Tribunal se pronuncie sobre la admisibilidad de la causa.
SEGUNDO: Se decreta la nulidad del Auto de Admisión emanado de este Tribunal en fecha 11/05/2012, inserta a los folios 11 al 13 y de todas las actuaciones posteriores a dicho auto.
TERCERO: se abstiene de admitir la presente demanda hasta tanto la parte actora realice las correcciones en lo que respecta a los montos en el libelo de demanda.
CUARTO: No se ordena la notificación dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese y regístrese.-