DISPOSITIVA:
Por la motivación precedente, este Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la demanda por NULIDAD DE CONTRATO DE VENTA, interpuesta por la ciudadana: JULIA JOSEFINA SÁNCHEZ ARIAS, en contra de los ciudadanos: ERNESTO JOSÉ NEGRÓN LÓPEZ y RICHARD DROUBI YZA, ya identificados.
Dada la naturaleza de la presente decisión, en virtud de haberse inadmitido la demanda, no hay condenatoria en costas.
No se notifica a las partes del pronunciamiento de la presente decisión por cuanto la misma se dictó dentro del lapso legal.