En mérito de las razones expuestas este Tribunal del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR y en consecuencia fija la cantidad de CUARENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 40.000,oo), MENSUALES, que deberá suministrar el Ciudadano: FÉLIX RUIZ BENITEZ, antes identificado, a partir del mes de agosto del presente año en curso, en beneficio de sus hijos: Geryon Daniel y Yonny José Ruiz Bustamante, y una bonificación especial por la misma cantidad, es decir, OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs 80.000,oo), para los meses de septiembre y diciembre de cada año, como monto complementario.No se ordena la notificación de las partes, por cuanto esta decisión se dictó dentro del lapso establecido en el artículo 520 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.