En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la demanda de Resolución de Contrato de Arrendamiento, intentada por las ciudadanas AL BARBOUR DE AL CHIBLI LINDA y AL CHEBLI DE AL CHBLI RIMA AMERICA, contra el ciudadano: LONDOÑO MARTINEZ JOSE OLIVER, identificados en autos. Así se decide.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante, conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida. Así se decide.
TERCERO: No se ordena notificar de la presente decisión, por haberse dictado dentro del lapso previsto en el artículo 887 ejusdem.