En mérito de las razones expuestas, este Tribunal del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: de conformidad con el literal a del artículo 383 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, se DECRETA la EXTINCIÖN de la obligación de manutención, fijada por este Juzgado mediante Sentencia Definitiva dictada en fecha 28-03-2005, en beneficio de niño, identificado en autos.
SEGUNDO: como consecuencia de lo anteriormente expuesto, se ordena librar oficio a la Zona Educativa del Estado Barinas, a los fines de dejar sin efecto la retención de los montos sobre el salario del ciudadano Luís Homero Cuevas Molina, identificado en autos.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en.....