En merito de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia así:
PRIMERO: Se repone la causa al estado de Librar nuevo Cartel de Citación.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara la nulidad de todas las actuaciones posteriores al auto de fecha 30-04-2002.
TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no se hace condenatoria en costas.
Publíquese y Regístrese.