En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte la HOMOLOGACION a la presente TRANSACCION; donde la ciudadana: CENELIA RODRIGUEZ DE VIVAS, se compromete a consignar la suma de: DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.250,oo), mensuales, como OBLIGACIÓN DE MANUTENCION para su nieto, los cuales consignará a partir del 01-10-2009 en una cuenta de ahorros que ya se encuentra apertura en la agencia bancaria Banfoandes de esta localidad, a nombre del beneficiario, debidamente representado por su legítima madre, ciudadana: Lisbeth Johann Ramírez Sepulveda, ambas anteriormente identificadas; así como una cantidad igual Adicional en el mes de Diciembre como Bonificación de fin de año, y a cancelar el 50% de los.....