En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte su HOMOLOGACION al presente Convenimiento; donde el obligado ciudadano: FREDDY MONTES GUILLÉN, ya identificado, se comprometió a depositar a partir del 25-10-2004, la suma de SETENTA MIL BOLIVARES (Bs.70.000,oo) mensuales como OBLIGACIÓN ALIMENTARIA y una cantidad igual adicional en los meses de AGOSTO y DICIEMBRE, para gastos escolares y como bonificación de fin de año, para su hija: NILVA KATERINE MONTES GARZON, también identificada, en una cuenta de ahorros que se ordenó aperturar mediante auto de fecha 05-10-2004, en el Banco de Fomento Regional Los Andes agencia Santa Bárbara, a nombre de la niña beneficiaria representada por su abuela materna, c.....