En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño, Niña y Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte la HOMOLOGACION al presente CONVENIMIENTO; donde el obligado ciudadano: GERMAN ALBERTO MOLINA ALTUVE, Convino en fijar como OBLIGACION DE MANUTENCION, en beneficio de su hijo, la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES FUERTE (Bs. F. 250,oo) mensuales, mas el pago de una cantidad igual adicional en los mes de Diciembre como Bonificación de fin de año; así como, a contribuir con el 50% de los gastos médicos, medicinas, recreación, educación y vestido cuando éste lo requiera; y dichas cantidades de dinero serán depositadas en una cuenta de ahorros, que a solicitud del obligado se ordenó fuera aperturada en el Banco Banfoandes, a nombre de su hijo r.....