III
DISPOSITIVA
En consecuencia, de los razonamientos tanto de hecho como de derecho anteriormente explanados, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente y en uso de sus amplias facultades que le confiere los Artículos 677 y 520 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la Solicitud de OBLIGACION ALIMENTARIA que formulara la ciudadana: LUZMARY HERNANDEZ RUBIO, venezolana, mayor de edad, solteras, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad personal N° V- 16.333.909, domiciliada en el Barrio Libertador, calle 21 entre carreras 15 y 16, Santa Bárbara Municipio Ezequiel Zamora del estado Barinas, en contra del ciudadano: JOSE VICENTE DUGARTE PEÑA, venezolano, mayor de edad, soltero.....