En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño, Niña y Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte la HOMOLOGACION al presente CONVENIMIENTO; donde el obligado ciudadano: BENJANIM EDUARDO ZAMBRANO CARDENAS, Convino en Aumentar la OBLIGACION DE MANUTENCION, en beneficio de su hija, a la cantidad de MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.400,oo) mensuales, mas el pago de una cantidad igual adicional en los mes de Diciembre como Bonificación de fin de año; así como, a contribuir con el 50% de los gastos médicos, medicinas, recreación y vestido cuando ésta lo requiera; dichas cantidades de dinero se las entregara personalmente a la Abuela materna de su hija, todo ello en base a la aplicación integral del Interés Superior del Niño, Niña y Adolescente, prin.....