En tal virtud, este Juzgado SE ABSTIENE de impartir su Homologación al Convenimiento de Obligación Alimentaria suscrito por ante el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Ezequiel Zamora, entre los ciudadanos ROBINSO RUJANO FLORES y ERLINDA ROJAS BARRETO, anteriormente identificados, ya que instruye expediente por el mismo motivo y entre las mismas partes, el cual fue debidamente sentenciado, dándosele el carácter de Cosa Juzgada formal; y mal podría dictar sentencia nuevamente, ya que nadie puede ser sometido a juicio por los mismos hechos en virtud de los cuales hubiere sido juzgado anteriormente; Y ASI SE DECIDE.-
En consecuencia, se ordena devolver originales y sus resultas mediante oficio al citado Consejo.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Santa Bárbara de Barinas, a los Catorce días del mes de Mayo del año Dos.....