En este orden de ideas, considera quien aquí decide que con el material probatorio cursante en este expediente, descrito, analizado y valorado precedentemente, la demandante Cira Josefina Márquez Escalona, asistida por el Abogado en ejercicio Miguel Angel Pérez Hidalgo, no logró demostrar el contrato verbal de arrendamiento objeto de la pretensión ejercida, ya que sus pretensiones fueron contradichas por los demandados, así como las pruebas por ella aportadas como instrumentos fundamentales de la demanda fueron rechazadas oportunamente por sus adversarios. Y ASÍ SE DECIDE.