En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte la HOMOLOGACION al presente CONVENIMIENTO; donde el obligado ciudadano: CARLOS ANDRES PEREZ GUERRERO, convino en fijar como OBLIGACION DE MANUTENCION, en beneficio de su hija, la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTE (Bs. F. 300,oo) mensuales; así como, a contribuir con el 50% de los gastos médicos, medicinas, recreación, educación y vestido cuando ésta lo requiera; y dichas cantidades de dinero las depositare en una cuenta de ahorro la cual se encuentra aperturada en el Banco Banfoandes, a nombre de su hija representada por su legitima madre; todo ello en base a la aplicación integral del Interés Superior del Niño, Niña y del Adolescente, prin.....