En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte la HOMOLOGACION al presente CONVENIMIENTO; donde el ciudadano: RAFAEL SOSA, convino voluntariamente en fijar a partir del 15-11-2009, la suma de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,oo), mensuales, como OBLIGACIÓN DE MANUTENCION para su hijo, los cuales depositará en una cuenta de ahorros que se ordenó su apertura en la agencia bancaria Banfoandes de esta localidad, a nombre del beneficiario, debidamente representado por su legítima madre, ciudadana: Nelcy Patiño Ferreira, ambos anteriormente identificados; así como una cantidad igual Adicional en el mes de Diciembre como Bonificación de fin de año, y a cancelar el 50% de los gastos médicos, medicina y v.....