En consecuencia, por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente explanadas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, y en uso de las amplias facultades que le confiere los Artículos 520 y 677 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley; DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Obligación Alimentaria que formulara la ciudadana: ZUGEY ELIZABETH CORREA, venezolana por naturalización, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad personal N° V-23.014.700, domiciliada en la calle 19 con carrera 12, Barrio Los Mangos, de esta población de Santa Bárbara, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas, en contra del ciudadano: PEDRO ANTONIO SILVA SUAREZ, colombiano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula .....