En consecuencia y por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado del Municipio Sosa de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, LE IMPARTE SU HOMOLOGACION AL PRESENTE DESISTIMIENTO, de conformidad con lo establecido en los Artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, Y ASÍ SE DECIDE. Archívese el presente expediente y en su oportunidad remítase con oficio al Archivo Inactivo de esta Circunscripción Judicial.-
Publíquese, Regístrese y expídanse las copias de Ley.-
Dada, Sellada, Firmada, y Refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Sosa de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Ciudad de Nutrias, a los Cinco (05) días del mes de Octubre de Dos Mil Diez (2.010).- Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.-
El Juez Temporal,
Abg. José Lindolfo Camacho. .....