D I S P O S I T I V A:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal del Municipio Sosa de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
¿ PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la fijación de Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 18 de Mayo de 2.010, por la Ciudadana: MADEYIS YOLANDA PÉREZ DE MONTILLA, en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 250,oo) mensuales a partir del presente mes de Octubre del año en curso, en beneficio de la niña: MARYFER YOLIMAR SUÁREZ PÉREZ, una Bonificación especial en el mes de Agosto de cada año por la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300,oo) adicionales a la obligación de manutención de ese mismo mes, para cubrir gastos de útiles y uniformes escolares, como complemento de la Obligación de Manutención y una Bonificación especial en el mes Diciembre de cada año por la cantidad de SEISCIENTOS B.....