En consecuencia y por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado del Municipio Sosa de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, LE IMPARTE SU HOMOLOGACION AL PRESENTE DESISTIMIENTO, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, en cuanto que la parte demandada no fue citada ni estaba a derecho en la presente causa y en virtud de que el desistimiento no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles Y ASÍ SE DECIDE. Agréguese al expediente lo consignado por el alguacil titular de este Juzgado. Archívese el presente expediente.-
Publíquese, Regístrese y expídanse las copias de Ley.-
Dada, Sellada, Firmada, y Refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Sosa de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Ciudad de Nutrias, a los Veintinueve (29) días del mes de Julio de Dos Mil Diez (2.010).-.....