En consecuencia, por las razones expuesta precedentemente, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822 y 824 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus, VICTOR MANUEL MORENO ROA, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.127.748; quien falleció el día 02/02/2012; según consta en Acta de Defunción N° 155, emitida por la Prefectura de la Parroquia Corazón de Jesús del Municipio Barinas del Estado Barinas, que cursa al folio tres (03) de la presente solicitud, A LA CIUDADANA: MARIA GUILLERMINA MARTINEZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.162.916, (actuando en su condición de cónyuge del caus.....