DISPOSITIVA:
En mérito de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil Vigente, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, presentada por los ciudadanos: WALTER DANIEL BELISARIO FLORES Y MARIA DE JESÚS ZAMBRANO DE BELISARIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 9.262.383 y V-10.555.057, respectivamente, asistidos por el Abogado en ejercicio, JUAN SERGENT, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.936; en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio civil celebrado por ellos, por ante la Prefectura del Municipio Barinas del estado Barinas, el día 11/04/1986, según se evidenci.....