En razón a los planteamientos anteriormente efectuados, este Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA ADMISIÓN de la solicitud incoada por la ciudadana: NOELIA ALVAREZ DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V- 10.629.898, asistida por el abogado en ejercicio LUIS VALDIVIESO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.606. Así se decide.