se ordena librar boleta de notificación a la demandante ISABEL BLASCO, identificada en autos, o en su defecto a sus co-apoderados judiciales, abogados en ejercicio ANDRES ALBARRAN RIVAS o ANDRES ALBARRAN PAREDES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 88.542 y 31.254, en su orden, para que exponga en un plazo máximo de cinco (05) días continuos, contados a partir de que conste en autos su notificación, si mantiene el interés en la continuidad de la ejecución forzosa de la transacción en comento y justifique la falta de impulso procesal. En el supuesto de que no se produzca respuesta de dicha parte dentro del lapso fijado, se entenderá que operó la falta de interés substancial en la ejecución forzosa para lograr el feliz término del juicio. Líbrese boleta de notificación. Así se decide.-