DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, el decreto de intimación dictado por este Tribunal el día 20 de Septiembre de 2011, que corre inserto al folio dieciséis (16) del presente expediente, el cual es del tenor siguiente: PRIMERO: La cantidad de NUEVE MIL BOLÍVARES (Bs. 9.000,00) que es el monto de la letra de cambio adeudada. SEGUNDO: La suma de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 250,00) por concepto de intereses moratorios, calculados a la rata del (5%) anual. TERCERO: La cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 2.250,00), que comprende el monto de las costas procesales prudencialmente calculadas por este tribu.....