En éste estado el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA, legalmente desalojado el asentamiento Campesino ¿La Unión¿, Ampliamente identificada y hace entrega del mismo al apoderado Judicial de la parte actora abogado Miguel Gerardo Becerra, también identificado en autos, quien expuso: ¿Recibo conforme en éste mismo acto el inmueble ya desalojado¿. Seguido: El Tribunal deja constancia de que hace entrega bajo guarda y custodia de los semovientes censados al apoderado ya identificado quien expuso: ¿Acepto el cargo de Guarda y Custodia de los semovientes señalados y Juro Cumplir bien y fielmente el cargo para el cual fui designado. Seguido: Se deja constancia de que el bien desalojado por éste Tribunal según el práctico asesor, tiene un valor aproximado de Trescientos Sesenta y Cinco Mill.....