En éste estado el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECRETA Formal y legalmente Embargado el vehículo anteriormente señalado y descrito por el abogado actuante ya identificado y DECLARA de igualmente la Desposesión Jurídica del bien mueble de manos del notificado y hace entrega formal del mismo al representante de la Depositaria Judicial Geframa S.R.L, ciudadano: Nelson Montilla ya identificado, quien estando presente expuso: ¿Recibo el vehículo Embargado por éste Tribunal en las siguientes condiciones: Pintura en buen estado, Cuatro (04) cauchos en mal estado; Sin caucho de repuesto, sin batería le falta el para choque trasero, el cardan está despegado, le falta parte del tablero y sin nada de los demás accesorios. Es Todo¿. Seguido: Solicitó el derecho de palabra el ciudadano Perito Ava.....