Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados Cesar Alberto Quiroz Sepúlveda, Edilio Ramón Valbuena Ramírez y Jesús María Rodríguez Sánchez, en su condición de defensores privados, en contra del auto publicado en fecha 06 de Diciembre de 2012 por el Tribunal de Control N° 01, en el cual decreta Medida Privativa Preventiva de Libertad, en contra del imputado WOLMAN LAURENCIO GUERRERO RANGEL, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 12.839.937, por la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado con Alevosía por Motivos Fútiles e Innobles en Grado de Facilitador, Ocultamiento de Arma de Fuego, Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, Resistencia a la Autoridad; y se acordó publicar la decisión.....