SE DECLARO CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el ABOG. JOSE GREGORIO RIVERO, actuando en su carácter de defensor público de los imputados ANNEDYS KARINA MORALES APONTE, CARMEN TERESA RODRIGUEZ, ROYMAN RAMÓN URBINA RODRIGUEZ, JOSE ANTONIO MORENO SUAREZ, GRENDER ADONAY SUAREZ DUQUE, ALEXANDER JOSÉ SÁNCHEZ, PEDRO ALFONZO GONZÁLEZ ESTEVAN, LENDYK WILLIANS RANGEL SAEZ, LAURA DEL CARMEN SAEZ SOLER Y ANA KARELYS DIAZ SÁNCHEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 04-09-06, por el Tribunal de Control N° 04 de este Circuito Judicial Penal. En consecuencia, se ANULA de nulidad absoluta la decisión referida, debiendo otro Juez o Jueza de Control de este Circuito Judicial Penal, distinto del que dictó la decisión anulada, pronunciarse nuevamente prescindiendo de los vicios que dieron origen a la nulidad del auto recurrido, todo ello con base a lo dispuesto en los artículos 49 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 173, 190, 191 y 450 del Cód.....