Por todas las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: Se admite el recurso de apelación bajo la modalidad de efecto suspensivo interpuesto por la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público del estado Barinas, abogada Karem Dayana Romero Valero, contra la decisión dictada en audiencia de presentación de aprehendido celebrada en fecha dieciocho de octubre de dos mil diecisiete (18-10-2017). y fundamentada mediante auto de fecha veinte de octubre de dos mil diecisiete (20-10-2017), por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Barinas.
Segundo: Se declara con lugar la apelación bajo la modalidad de efecto suspensivo, interpuesto por la Fiscalía Décima Séptimo del Ministerio Público del es.....