Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, actuando en sede constitucional, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado Jorge Enrique Quintero, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 04 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE sobrevenidamente la acción de amparo constitucional interpuesta en fecha veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve (28/11/2018), por el ciudadano abogado Jorge Enrique Quintero, en su presunta condición de defensor de confianza del ciudadano José Ramón Sosa Melecio, en contra del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 05 del Circuito Judicial Pe.....