Se DECLARA: ADMISIBLE los Recursos de Apelación Interpuestos el Primero: por la abogada Iris Yolanda Gavidia Araujo, en su condición de Defensora Privada del acusado Livio Rafael Vela Valero y el segundo: por la ciudadana Luisa Eusebia Nadal de Díaz, en su condición de victima, debidamente asistida por la abogada Yudith Elena Díaz Méndez; ambos contra la decisión dictada en fecha 17.09.2012, por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al prenombrado acusado, a cumplir la pena de quince (15) años de prisión, por la comisión del delito de Secuestro Agravado en Grado de complicidad, previsto y sancionado en el articulo 3, en relación con el articulo 10 numerales 3,8,12 y 16 y en concordancia con el articulo 11 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión, en perjuicio de Luisa Nadal de Díaz; se fija la Décima Audiencia siguiente a la fecha del presente auto de Admisión a las 09:00 a.m., para que tenga lugar el acto de la Audiencia Oral y Públic.....