DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado Edgardo Antonio Boscán Pérez, en su condición de Fiscal Décimo del Ministerio Público, contra la decisión dictada en fecha 25.03.08, mediante la cual declara sin lugar la solicitud de orden de aprehensión presentada por la Fiscalía Décima del Ministerio Público en relación con el acusado Wendel Jesús Espitia Bustamante, ordenando al mencionado ciudadano continuar cumpliendo con las condiciones impuestas de conformidad con el artículo 256 en sus ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, y de conformidad con lo dispuesto en el primer aparte del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda dictar la correspondiente decisión dentro de los diez (10) días hábiles sigui.....