SE DECLARO: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Abraham Valbuena, en su carácter de Fiscal 1° del Ministerio Público y se anula la sentencia de fecha 06.06.06, dictada por el Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en la cual absolvió a los acusados José Juvencio Arias Peña y Aníbal Uzcátegui Martínez, por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado por Motivos Fútiles. SEGUNDO: Se ordena la celebración de un nuevo juicio oral público, ante un Juez distinto al que se pronunció, de este mismo Circuito Judicial Penal; de conformidad con lo establecido en los artículos 191 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.