Con base en la motivación precedente, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara competente para conocer del conflicto de no conocer planteado por el Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del estado Barinas.
SEGUNDO: Declara que el tribunal competente para conocer sin dilación alguna, dada la naturaleza del acto a realizarse en la tramitación de la acción incoada por el ciudadano Oscar Humberto Acevedo Monsalve, es el Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas.
TERCERO: Ordena la inmediata remisión del expediente para su conocimiento al tribunal declarado competente.
CUARTO: Notifíquese de la presente decisión al Tribunal de Primera Insta.....