Primero: Se retrotrae a la orden de notificación a las partes interesadas, solamente en relación a la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial de fecha 04 de junio de 2012. Segundo: La presente decisión no afecta el curso normal del proceso en relación a la declaratoria de culpabilidad o no de los acusados Rafael Arnaldo Garrido Jiménez, Norbeiro Daza Clavijo y Andel Avizail Pacheco; la cual debe seguir el curso de ley, sin que el mismo deba afectarse: Tercero: En virtud de la prioridad del saneamiento decretado, el presente recurso de apelación no tiene decisión interlocutoria que incida el fondo de tal pretensión.