Se Declaro PRIMERO: sin lugar el recurso de apelación interpuesto por los abogados JAMEIRO ARANGUREN y ORLANDO SEGOVIA, actuando en su carácter de Defensores Privados del ciudadano ERQUIDEZ RAMIREZ CABALLERO, titular de la cédula de identidad N° V-8.118.4614, contra la decisión de fecha 05 de Abril de 2017, proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, asunto N° EP01-S-2017-000778, que acordó la prórroga solicitada por el Ministerio Público, conforme a lo dispuesto en el artículo 82, parágrafo único, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con lo señalado en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se confirma la decisión recurrida referida ut supra.