Se DECLARO, PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por el ciudadano Dixon Rodolfo Vásquez Cordero, en su condición de querellante, debidamente asistido por el apoderado judicial Cesar Quiroz Sepulveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.265, contra la decisión dictada en fecha 08 de abril del 2.013, por el Tribunal de Primera instancia en Función de Control N° 04 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declaró inadmisible la querella interpuesta por el ciudadano Dixon Rodolfo Vásquez Cordero, en contra de los querellados Jenderson Xavier Uzcategui Nieto, Tania Consuelo Alonso, María Isabel Rodríguez Brito y Ramón Elías Gil, por la presunta comisión del delito de Calumnia, previsto y sancionado en el artículo 240 del Código Penal Venezolano Vigente. SEGUNDO: Se anula la decisión recurrida, de conformidad con los artículos 157 y 174 del Código Orgánico Procesal Penal, como consecuencia de la decisión se ordena que otro Juez de Control de este Circuito Ju.....