SE DECLARO: Primero: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada Josefina Lobosco Rondon, en su condición de Defensora Privada; contra la decisión dictada en fecha 01.10.2013, por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad, a la imputada Estefania Paola Ibardo, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN LA EJECUCION DE UN ROBO EN GRADO DE COAUTORES, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 2do. (Por haberlo cometido por motivo fútil), en concordancia con el Art. 83 del Código Penal Vigente. En perjuicio del Ciudadano Lorenzo Alberto Pacheco Cárdenas, el delito de SECUESTRO previsto y sancionado en el Art. 3 en relación Nº 1, 7,8 y 9 de la Ley Contra Extorsión y Secuestro en perjuicio de la ciudadana Marielba Camargo Beltrán y ASOCIACIÓN ILICITA PARA DELINQUIR previsto y sancionado en el artículo 6 en relación con .....