Se Declara: Admisible el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Manuel Alexander Peña, en su condición de Defensor Público, en contra de la decisión dictada en fecha 17 de febrero de 2012, por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, mediante la cual decretó Privación Judicial Preventiva de la Libertad, al imputado Freddy Eduardo Díaz Jaimes, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 15.073.244, de conformidad con lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; y se acordó publicar la decisión dentro de los cinco (05) Días siguientes a la publicación del presente auto.