Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley realiza los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por los abogados Maira Alejandra Jiménez Osuna y Roberto Alfredo Rondón Salinas.
SEGUNDO: Se ADMITE la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta en interpuesta en fecha dieciocho de marzo de dos mil diecinueve (18/03/2019), por los abogados Maira Alejandra Jiménez Osuna y Roberto Alfredo Rondón Salinas, por considerar que presuntamente se está vulnerando las garantías constitucionales a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y el principio de igualdad, por parte del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Barinas.
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