Se Declara: Admisible el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada María Carolina Merchán, en su condición de Fiscal Tercera de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en contra de la decisión dictada en fecha 08 de febrero de 2013, por el Tribunal Primero de Control de éste Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, mediante la cual decretó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en la modalidad de Detención Domiciliaria bajo la modalidad de Caución Personal a favor del ciudadano Leonardo José Contreras Escalante, por el delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el artículo 455, del Código Penal; y se acordó publicar la decisión dentro de los cinco (10) Días siguientes a la publicación del presente auto